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Religión en España
Artículo de la Enciclopedia Libre Universal en Español.
En el Artículo 16 de la Constitución española, se dice que:
- Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
- Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
- Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
La mayor parte de la población en España se declara católica aunque el porcentaje de practicantes es muy inferior. Existen también minorías protestantes, islámicas y judías de acuerdo a las inmigraciones, aunque se han conservado también las creencias y costumbres propias de los gitanos que viven en España, existiendo una escasa minoría de personas que no reconocen ninguna religión.
En los últimos años, también están apareciendo algunos cultores de las religiones orientales, como el budismo, confucionismo, taoísmo, hinduísmo etc.
- Islamismo en España- 0,5%
- Protestantismo en España- 0,3%
- Judaísmo en España - 0.12% y Sefardíes
- Iglesia Cristiana Palmariana desde 1975
- Masones en España desde 1728
[escribe] Referencias
Notas