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Parte

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Las partes directas son el demandante y el demandado, aunque en algunos procedimientos judiciales pueden recibir un nombre diverso.

Las partes indirectas son los terceros, que intervienen defendiendo intereses armónicos, disímiles o independientes de las partes principales.

En la jurisdicción no contenciosa, llamada también jurisdicción voluntaria, la parte recibe el nombre de interesado, porque no hay una contraparte contra la cual entablar conflicto, sino que el procedimiento comienza con una solicitud ante el tribunal respectivo.

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