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Mayorazgo
Artículo de la Enciclopedia Libre Universal en Español.
El mayorazgo era un antiguo derecho recogido en las leyes de algunos países europeos. Permitía a un hijo, generalmente el mayor (o, si no existiera, al familiar más cercano) heredar el patrimonio paterno, de tal manera que éste no se fraccionaba al repartirse entre los hijos.
Se creó con las Leyes de Toro de 1505 en el Reino de Castilla, bajo el reinado de los Reyes Católicos, y estuvo vigente hasta 1820.