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Justiniano I

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Justiniano I.¹
Justiniano, emperador bizantino que reinó desde 527 a 565, usó del poder legislativo, ya exclusivamente reservado a los príncipes, para quitar toda autoridad directa a las fuentes legislativas posteriores y poniendo a contribución los muchos millares de volumenes en que se contenían las leyes y las obras de los jurisconsultos de diez siglos, intentó fundir aquella infinita variedad de leyes y opiniones legales, con algunos elementos nuevos en una extensa compilación. Esta vastísima compilación que los modernos suelen llamar "Corpus Iuris Civilis", es el único de los monumentos romanos que abraza el conjunto de las materias jurídicas, última expresión de la jurisprudencia romana y viviente imagen del derecho clásico.
"Instituciones de Derecho Romano", Barcelona: J.Espasa, 1898, volumen 1ª, autor: el profesor derecho romano en la Universidad de Pisa, Felipe Serafini (1831-1897)

Flavius Petrus Sabbatius Iustinianus


Macedonia, 482

Constantinopla, 565

Emperador bizantino



Detalle del mosacio de San Vital.

Índice

[escribe] Biografía

El año 527 asumió el trono de Constantinopla que ocupó hasta su muerte en el 565. Contrajo matrimonio con Teodora, la hija de un artista de circo, que le dio el valor necesario para resistir y sofocar la rebelión popular Niká. La gran ambición de Justiniano fue reconstruir el fallecido Imperio Romano, para lo que contó con la colaboración de sus competentes generales Belisario, Narsés y Mundo. Bajo su reinado, el Imperio Bizantino conquistó Italia, parte de España y el Norte de África. Aunque no llegó a conseguir su sueño de reunir todos los territorios romanos, pues no pudo lograr conquistar toda España ni las Galias, ahora francas[1] .

A pesar de sus logros no pudo destruir a su enemigo mortal, el Imperio Sasánida. Justiniano falleció el año 565, y a su muerte el Imperio Bizantino, agotado por las guerras de tantos años, empezó una larga etapa de decadencia.

Tampoco pudo conseguir la unidad religiosa, socavada por las herejías, especialmente la monofisita de Siria y Palestina.

Hizo construir por Antemio de Tralles la Basílica de Santa Sofía de Constantinopla, la más grande y hermosa del mundo cristiano por cientos de años, llena de mosaicos, con una luz que penetraba desde los orificios de la cúpula sin base que cambiaba a cada minuto y con un altar de oro.

Llamado el emperador sin sueño porque no descansaba demasiado, también mandó publicar un Código de Derecho: el Codex Iuris Civilis, las Pandectas o resúmen del Derecho y las Novellae o sus propias leyes.

Su historiador, Procopio de Cesarea, en la Historia Secreta, lo describe como un demonio inhumano, que perpetró crímenes impresionantes.

[escribe] Labor legislativa

La compilación de Justiniano comprende cuatro obras distintas, que son, el Código, las Pandectas o Digesto, las Instituciones y las Novelas, explicadas de la siguiente forma:

Algunas obras que hablen de la codificación de Justiniano, las siguientes:

[escribe] «Corpus Iuris Civilis»

Las cuatro colecciones del derecho justinianeo que se acaban de citar en el punto anterior, se conoce bajo el nombre genérico de Corpus Iuris Civilis, denominación ya adoptada por los glosadores en la Edad Media (1080-1260), los cuales consideraban la legislación justinianea como un todo.

El padre de los glosadores fue Irnerio (1060?-1130?), de la Universidad de Bolonia, que separó el derecho romano de la gramática y retórica y las lecciones de los doctores boloneses atrajeron a Italia a la juventud de toda Europa y de la escuela bolonesa salieron hábiles jurisconsultos, que al regresar a su patria difundían los conocimientos jurídicos romanos adquiridos en Bolonia, excitando una vehementísima afición al estudio del derecho romano, estimulado algunas veces por el poder civil, para hacer de él argumento de oposición al derecho canónico (Wernerius Bononiensis iudex. La figura storica d'Irnerio, Firenze: Olscki, 1970, autor: E. Spagnesi).

Los glosadores habían dividido la obra citada de la siguiente forma:

Entre las varias ediciones de la obra citada completa, se deben distinguir las siguientes:

Las citadas glosas o notas que formaban un comentario no interrumpido sobre el texto de las compilaciones justinianeas, fueron insertas de las siguientes maneras:

Estas diferentes glosas esparcidas en gran número de manuscritos, fueron reunidas en el siglo XIII por Francesco Accursio (1182-1260 o 1185-1263), quien extrajo lo mejor y aun añadió algo original y este trabajo se conoce con el nombre de glosa ordinaria (Glossa in Codicem, Turín: ex officina Erasmiana, 1968; Glossa in Digestum Infortiatum, Turín, 1968; Glossa in Digestum novum, Turín, 1968; Glossa in Digestum vetus, Turín, 1969; Glossa in Volumen, Turín, 1969).

Algunas ediciones glosadas destacadas son las siguientes:

Algunas ediciones sin glosa, las siguientes:

Otras ediciones:

[escribe] Algunas ediciones de su labor legislativa

[escribe] Algunos glosadores de la obra de Justiniano (1080-1260)

[escribe] Algunas obras que hablen de los glosadores

[escribe] Cultivadores del derecho romano: del siglo XIII a la Edad Contemporánea

Del siglo XIII a últimos del siglo XV, los numerosos cultivadores del derecho romano o derecho común de este peridodo fueron llamados dialécticos, comentaristas, postglosadores, bartolistas..ect y fue preferida la glosa al texto, cuando ambas se hallaban en pugna y para cada pasaje, cuando para cada frase del texto, era preciso tratar y desarrollar determinado número de argumentos dialécticos. Son dignos de mención los siguientes autores:

El periodo a partir del siglo XVI a la Edad Contemporánea, empieza con los humanistas y se debió a que el descubrimiento de América, la toma de Constantinopla por el Imperio Otomano y la invención de la imprenta, marcaron un punto importante en la historia del derecho y se fue preparando el renacimiento de la ciencia del derecho. El verdadero renacimiento entre los juristas fue el milanés Andrés Alciato (1482-1550), restaurador de los buenos estudios, pero su semilla fructificó más en Francia que en Italia. Otros autores destacados, los siguientes:

[escribe] Algunas obras de los dialécticos, comentarístas, humanistas, intérpretes y romanístas de la obra de Justiniano

[escribe] Algunas obras que hablen de los comentaristas

[escribe] Diccionarios del «Corpus Iuris Civilis»

[escribe] Referencias

Bibliografía

Bibliografía complementaria

Mapas

Notas

  1. Obra: Iustiniani Augusti historia: in qua bellum Persicum, in Asia, Vandilicum, in Africa, Gothicum, in Europa: Clarissimorum ducum Belisari praesertim Narsetisque../ opera autem & studio Procopii Caesariensis, Aghatiae Myrrinaei,..., Ginebra: Le Preux, 1594
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