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Fueros de Aragón

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Sobre los Fueros de Aragón hay que decir en principio, durante la dominación goda, Aragón, como toda España se regía en los siglos V, VI y primera mitad del VII por el derecho de castas y desde la mitad del siglo VII hasta la invasión árabe por el Fuero Juzgo.

Al principio de la Reconquista, Aragón y Asturias, continuraon rigiéndose en sus relaciones jurídicas por el Fuero juzgo, si bien las nuevas necesidades exigían otro derecho, formándose paulatinamente el derecho aragonés, consuetudinario al principio, como era natural en aquellos tiempos guerreros.

El historiador Zurita dejó escrito que las leyes godas regían solo al principio en el reino de Sobrarbe, las cuales fueron aumentándose con los usajes de origen francés , que importó el Imperio de Carlomagno y la influencia allende del Pirineo.

Posteriormente se fue dando lo siguiente:

La primera colección de fueros se publicaron en el año 1071, ordenada por Sancho Ramírez en el Concilio o Cortes de Jaca, compuesta de tres partes:

Don Jaime I de Aragón, que mereció el título de conquistador por haber extendido notablemente el reino de Aragón y conquistado Mallorca, Menorca y Valencia, debe ser también considerado legislador, pues a él se debe la compilación de los fueros existentes y vigentes en aquella época, trabajó encomendado a Don Vidal de Canellas, obispo de Huesca, ("Vidal mayor: traducción aragonesa de la obra In Exelcsis Dei thesauris, de Vidal de Canellas...", Lund, 1956, 3 volumenes; "Vidal Mayor", Huesca, E.D.P., I.E.A., 1989) compilación que fue aprobada por las Cortes de la misma ciudad en 1247.

Contenía dicha obra lo siguiente:

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