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Fuero Real
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Este código, Fuero Real, vino a satisfacer la necesidad de que a la multiplicidad de leyes en el siglo XIII en el reino de Castilla y León, sucediese la unidad del derecho y de que por unos o por otros caminos se llegase a lo que la razón reclamaba con urgencia, a la constitución y a la unidad del Estado, que realizó Alfonso X "El Sabio", con su promulgación.
Este fuero se conoció también con los siguientes nombres:
- Fuero del libro.
- Fuero castellano.
- Flores de las leyes (nombre que así mismo se da a la "Suma" del maestro Jacome).
Diferentes opiniones ha habido con respecto a la autoridad que se propuso darle el legislador y algunas opiniones son las siguientes.
- Fue redactado con el solo objeto de concederle por fuero municipal a varios pueblos.
- Otros han juzgado que la intención de don Alfonso fue la de hacer un código general.
Esto último parece lo más excato por lo siguiente:
- Si se atiende a las palabras del Prólogo, en que el rey sabio manifiesta las causas de su formación:Entendiendo que la mayor partida de nuestros regnos no hobieran fuero fasta el nuestro tiempo e juzgabase por fazañas e por alvedrios de partidos de los homes e por usos designados, sin derecho, de que nascien muchos males e muchos daños a los pueblos e a los homes..E mandamos que este fuero sea guardado por siempre jamás e ninguno no sea osado vivir contra él.
- La frase, la mayor parte de nuestros regnos, y aunque en algunos códices están sustituidas estas palabras por el nombre de una población, como sucede en el de Valladolid, esto no destruye la afirmación de que la intención del legislador fuera hacer un código general, pues sólo indica que al darse por fuero municipal a algunas ciudades y villas se justificaba esta concesión por la falta que hasta entonces había tenido de un cuaderno legal.
- Ley 5ª, título VI, libro I del Fuero Real, que prohibe juzgar por otras leyes que las contenidas en este CCódigo y que en realidad puede decirse que esta copiada del Fuero Juzgo.
Más aunque que parece que el objeto del rey sabio fue el darle como ley general a toda la Monarquía, quiso ir preparando los ánimos de sus súbditos, haciendole conocer y extendiéndole con el carácter de fuero municipal por varias poblaciones:
- Aguilar de Campoo.
- Sahagún.
- Niebla.
- Valladolid.
- Alarcón.
- Burgos
- Otros municipios
[escribe] Referencias
[escribe] Bibliográficas
- Diccionario enciclopédico Hispano-Americano, 1887-1910, Barcelona, Montaner i Simon editores.
[escribe] Bibliografía complementaria
- Azebedo Ferreira, José de.-Alfonso X: Foro Real, Lisboa, 1987, 2 volumenes.
- Fuero Real (1255), Barcelona, P.P.U., 1991, (Edición, estudio y glosario de Azuzena Palacios Alcaine).
- Fuero Real d'España / diligentemente hecho por el noble rey don Alfonso X: glosado por ..Alonso Diez de Montalvo.., Medina del Campo, 1547.
- Fuero Real de Alfonso X el sabio: copiado del códice del Escorial..., Valladolid, Lex Nova, 1979.
- Iglesia Ferreiro, Aquilino.-Fuero Real y Espéculo, Madrid, I.E.J., 1982
- Sanz García, Juan.-El Fuero de Verviesca y el fuero real:..., Burgos, 1927.