La Enciclopedia Libre Universal en Español dispone de una lista de distribución pública, enciclo@listas.us.es

Dación ("Las Siete Partidas")

Artículo de la Enciclopedia Libre Universal en Español.

Saltar a navegación, buscar

En las leyes de Roma o derecho romano la naturaleza de los contratos llamados innominados exigía que hubiese dación, entrega real y efectiva de la cosa, y asi cuando se decía que en los contratos innominados debía haber dación, se daba entender que uno de los contrayentes había de dar o hacer una cosa en la que había convenido, para poder apremiar al otro de cumplir la obligación que se le hubiere impuesto, de manera que mientras no mediara dación o hecho, no exixtía verdadero contrato, sino solamente un proyecto de contrato, un pacto simple[1] una promesa que no era obligatoria, a no ser que hubiere mediado estipulación[2].

El Derecho antiguo español copió en esto al derecho romano y asi se ve en el Codigo Alfonsino (Las Siete Partidas), cuya Ley 5ª, del Título VI, Partida V, que trata de los contratos innominados, dice al final: En esta razon decimos, que cuando alguno fizo lo que devia, que puede demandar a la otra, quel cumpla lo que le devia fazer, e aquel peche los daños o menoscabos que recibio por esta razon; los quales deben ser estimados segun sobredicho es.

[escribe] Referencias

Bibliografía

Bibliografía complementaria

Notas

  1. Les Pactes adjoints aux contracts en droit romain../ P.-E- Viard, Roma, 1972; Pacte, convention,../ A. Dufour, Bale, 1998
  2. Conttrato e stipulatio:../ B. Biondi, Milán, 1953; su influencia: La Estipulación en las siete partidas.../ R. Nuñez Lagos, Madrid, 1950
Herramientas personales
Espacios de nombres
Variantes
Acciones
Navegación
Herramientas
Crear un libro