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Corregidor

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Así se llamaba desde muy antiguo el magistrado que ejercía jurisdicción civil y criminal en primera instancia y ejercía una inspección gubernativa sobre todos los asuntos políticos y económicos en la población, territorio o partido que le estaba asignado.

Había varias clases de Corregidores:

Todos ejercían iguales facultades en lo judicial y político; con la diferencia que los segundos debían oír en los asuntos contenciosos el dictamen de los Alcaldes Mayores que eran sus asesores.

Índice

[escribe] Primera Ley que habla de los Corregidores dada por Juan II en Zamora en 1432

La 1ª Ley que habla de estos magistrados es la dada por don Juan II en Zamora el año 1432, estableciendo el modo y los casos que debían proveerse por el rey los corregidores a los pueblos y da entender esta ley cuán grandes eran las atribuciones de los que tenían por el monarca "poder y facultad de juzgar los pueblos" y a cuántos abusos debieron dar margen los nombramientos de los corregidores hechos sin acierto.

[escribe] Título XI, libro 7 de la Novissima Recopilación

Muy largo sería mencionar la multitud de leyes que sucesivamente se dieron sobre esta Institución y forman el Título XI libro 7 de la "Novissima Recopilación" y entre ellas hay varias relativas al nombramiento de "tenientes" que podían hacer los corregidores para asesorarse de ellos y para que los auxiliasen en el cumplimiento de sus deberes.

[escribe] 1º Instrucción General de Corregidores en 1648

La 1ª Instrucción general de corregidores fue expedida en 1648 y se le agregaron varios capítulos en 1711 y 1749.


[escribe] 1766

En 1766 se separaron los corregidores de las intendencias disponiendo que los corregidores ejerciesen en su partido las facultades de justicia y policía que les concedieren las leyes y que se entendiesen con ellos las que la ordenanza de intendentes prescribía en los ramos de justicia y policía con sujeción a los Tribunales superiores territoriales y al Consejo respectivamente según los casos.

[escribe] 1785:Nueva Instrucción

En este año se publicó una nueva Instrucción que debían observar los corregidores y alcaldes mayores llena de sabios preceptos para la mejor administración de justicia y el fomento de la riqueza pública.

[escribe] 1783 y 1798:Acertadas disposiciones

Se dieron acertadas disposiciones para la provisión de los corregimientos:

[escribe] Hasta cuando subsistió la Institución de los Corregidores en España:1835

La "Institución de los Corregidores" subsistió hasta el año 1835 en que dejaron de existir a la publicación del reglamento provisional para la administración de justicia, creándose en su lugar jueces letrados de 1ª Instancia para cada uno de los partidos judiciales en que habían sido subdivididas las provincias por Real Decreto de 21 de abril del año anterior, a los cuales unicamente competía:

que ocurrían en su distrito.

Las facultades judiciales y gubernativas que ejercían los antiguos corregidores pasaron a:

[escribe] Referencias

[escribe] Bibliográficas

[escribe] Bibliografía complementaria

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