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Comunidad Autónoma
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Generalidades
Las comunidades autónomas son la división de España de mayor extensión. Cada comunidad autónoma está compuesta por una o varias provincias, y tienen una determinada autonomía política que está recogida es su estatuto. La estructura del Estado español en Comunidades Autónomas se recoge en la constitución española de 1978. El Artículo 2 reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que componen el Estado. Esta disposición se basa en la premisa de la unidad indisoluble de la nación española, patria de todos los españoles. Los nombres oficiales de las 17 comunidades autónomas son:
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1. Andalucía |
Tendencias autonomistas en España
Si el siglo XIX es el de la creación en España de un Estado moderno, también es el de la aparición de los idionacionalismos, basados en la rica historia de España y su tradicional división en reinos. Estos nacionalismos identificarán, como los románticos, nación y pueblo, y mitificarán su historia, sus leyes y fueros, sus costumbres, su lengua, etc. Aparecerán nacionalismos en todas las regiones periféricas, Galicia, País Vasco, Cataluña y Andalucía, fundamentalmente. Los nacionalismos pondrán de relieve la necesidad de crear unas regiones supraprovinciales que tengan cierta independencia de gobierno frente al poder central.
Desde 1847 se buscará una división de España de mayor amplitud, que se debatirá entre el federalismo y la autonomía más o menos amplia. Se plantea agrupar las provincias en cuatro «gobiernos generales», pero sin éxito. Hacia 1913 se propone que las provincias puedan mancomunarse, cosa que aprovechan Cataluña, el País Vasco, Asturias y otras, pero la dictadura de Primo de Rivera corta el proceso.
El intento más claro de crear unas autonomías en España fue el de la segunda República, en cuya constitución se reconocía el derecho a la autonomía, pero el proceso fue lento. Se presentan numerosos proyectos de autonomía. El Estatuto de Nuria, para Cataluña es el más importante, pero también los presentan el País Vasco, Aragón, Galicia, Baleares, Navarra, Valencia, Canarias, León y Andalucía. De todos ellos sólo se aprobaron el estatuto catalán, en 1932, y el vasco en octubre de 1936, en plena guerra civil, y sin ninguna consecuencia real.
El régimen de Franco, absolutamente centralista tras la guerra civil, eliminó toda posibilidad de conceder algún tipo de autonomía a nadie. Habrá que esperar a su muerte para que se reanude el proceso.
La constitución de 1978 y el Estado de las autonomías
Tras la muerte de Franco surge un nuevo Estado, democrático y con una nueva constitución, homologable a los países desarrollados modernos. En la constitución de 1978 se reconoce el derecho a la autonomía a las regiones. España se define como un Estado que se compromete a potenciar su variedad cultural. En la Constitución se marca, en el título VIII, el proceso de acceso a la autonomía, y se establece un período de preautonomías y consultas que darán paso, progresivamente, a su formación.
Tras este proceso se establece la existencia de 17 autonomías. Todas las autonomías tienen los límites de las provincias que las componen.
El texto de la Constitución establece los poderes que pueden ser asumidos por las comunidades autónomas y aquellos que sólo se le pueden atribuir al Estado.
La promulgación de la constitución española de 1978, que recoge el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones que forman la nación española, supuso un cambio de 180 grados con respecto al régimen de Franco, que se basaba en planes centralizados tradicionales. El resultado es uno de los gobiernos más descentralizados de Europa aunque no es formalmente una federación ni una confederación. Amplía la experiencia de autonomía de la Constitución Española (1931), truncada por la Guerra Civil Española, para dar respuesta a un problema que había surgido repetidamente en la historia de España como resultado de las diferentes identidades sobre las que se ha construido la unidad de la nación española.
Tras la ratificación de la Constitución, y como resultado de la implementación de los principios contenidos en el Título VIII, en el curso de pocos años, se completó el proceso de instauración de las 17 comunidades autónomas y fueron aprobados sus Estatutos. Han sido también dotadas de su propio órgano de gobierno e instituciones representativas. Aunque en la Constitución sólo aparecen los órganos de gobierno que han de tener las comunidades autónomas que ya habían tenido estatuto de autonomía durante la Segunda república (llamadas históricas), por imitación todas las comunidades autónomas han llegado a tener las mismas instituciones.
Para determinar qué provincias entraban en cada comunidad se tuvieron en cuenta criterios históricos, geográficos, económicos y políticos. Por motivos históricos se crearon las comunidades de Galicia, Asturias, País Vasco, Navarra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura y Andalucía; por motivos geográficos las de Castilla y León, a la que se añadió Segovia por Decreto Ley, que en principio no iba a formar parte de ella; Castilla-La Mancha, a la que se añadió Albacete que pertenecía al reino de Murcia; Cantabria y La Rioja, desgajadas de Castilla; y Canarias y Baleares, por su insularidad; por motivos políticos se creó Madrid. En 1979 conseguirían la autonomía Cataluña y el País Vasco, en 1980 Andalucía y Galicia, en 1981 el Principado de Asturias y Cantabria, en 1982 La Rioja, Murcia, Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, Navarra y Comunidad Valenciana, y en 1983 Baleares, Castilla y León, Extremadura y Madrid.
En las comunidades autónomas con una sola provincia se ha suprimido la diputación provincial y por lo tanto han desaparecido como tal, así las provincias de Oviedo, Santander y Logroño ahora son Asturias, Cantabria y La Rioja, respectivamente. Lo mismo ocurre con Madrid, Murcia, Navarra y Baleares, aunque el nombre «abreviado» de la comunidad autónoma coincide con el de la antigua provincia.
Aunque en principio no tenían reivindicaciones nacionalistas más que las regiones históricas de la periferia, las autonomías han cuajado profundamente entre la población, y se ha despertado un sentimiento autonomista, y de región diferenciada, donde no lo había. Todas las autonomías tienen un estatuto de autonomía donde se plasman sus aspiraciones políticas y de autogobierno. Los estatutos más reivindicativos son los de aquellas regiones con lengua propia diferente al español, y con una historia pretendidamente más diferenciada desde la perspectiva nacionalista.
La práctica ha demostrado la idoneidad de estas autonomías, que han permitido un mejor gobierno del país para las cuestiones de desarrollo equilibrado de las regiones, aunque no sin tensiones. Estas autonomías, aunque no está recogido así en la constitución, tienden a crear un Estado federal. Por último la polémica entre el Estado central y las autonomías se centra en cuándo se cierra el proceso y cuándo se ha alcanzado el techo reivindicativo.
Las autonomías han intentado dividir su territorio en comarcas, históricas o naturales, que en general no afectaban a todo su territorio; pero todos estos proyectos han fracasado, salvo en Cataluña, que eran una tradición consolidada. No parece viable poner un estrato más entre el ciudadano y el Estado nacional. Actualmente, hay en España cuatro niveles en la Administración, independientes entre sí: los municipios, las provincias, las autonomías y el Estado nacional.
Comunidades autónomas por población
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| 1 | Andalucía (España) | 7 478 432 | 17,9% | 85,70/km² |
| 2 | Cataluña (España) | 6 506 440 | 15,6% | 190,73/km² |
| 3 | Madrid | 5 527 152 | 13,2% | 688,48/km² |
| 4 | Valencia | 4 326 708 | 10,3% | 186,05/km² |
| 5 | Galicia (España) | 2 737 370 | 6,5% | 92,36/km² |
| 6 | Castilla y León (España) | 2 480 369 | 5,9% | 26,32/km² |
| 7 | País Vasco (España) | 2 108 281 | 5,0% | 291,44/km² |
| 8 | Canarias (España) | 1 843 755 | 4,4% | 247,58/km² |
| 9 | Castilla-La Mancha (España) | 1 782 038 | 4,3% | 22,43/km² |
| 10 | Murcia | 1 226 993 | 2,9% | 108,46/km² |
| 11 | Aragón (España) | 1 217 514 | 2,9% | 25,51/km² |
| 12 | Asturias (España) | 1 073 971 | 2,6% | 101,28/km² |
| 13 | Extremadura (España) | 1 073 050 | 2,6% | 25,77/km² |
| 14 | Islas Baleares (España) | 916 968 | 2,2% | 183,69/km² |
| 15 | Navarra (España) | 569 628 | 1,4% | 54,82/km² |
| 16 | Cantabria (España) | 542 275 | 1,3% | 101,91/km² |
| 17 | La Rioja (España) | 281 614 | 0,7% | 55,82/km² |
| — | Ceuta y Melilla | 145 336 | 0,3% | 4404,12/km² |
| TOTAL | 41 837 894 | 100% | 82,69/km² | |
Comunidades autónomas por superficie
Lista de comunidades autonómas españolas ordenadas por superficie.
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| 1 | Castilla y León (España) | 94.223 km² | 18,6% |
| 2 | Andalucía (España) | 87.268 km² | 17,2% |
| 3 | Castilla-La Mancha (España) | 79.463 km² | 15,7% |
| 4 | Aragón (España) | 47.719 km² | 9,4% |
| 5 | Extremadura (España) | 41.634 km² | 8,2% |
| 6 | Cataluña (España) | 32.114 km² | 6,3% |
| 7 | Galicia (España) | 29.574 km² | 5,8% |
| 8 | Valencia | 23.255 km² | 4,6% |
| 9 | Murcia (España) | 11.313 km² | 2,2% |
| 10 | Asturias (España) | 10.604 km² | 2,1% |
| 11 | Navarra (España) | 10.391 km² | 2,1% |
| 12 | Madrid | 8.028 km² | 1,6% |
| 13 | Canarias (España) | 7.447 km² | 1,5% |
| 14 | País Vasco (España) | 7.234 km² | 1,4% |
| 15 | Cantabria (España) | 5.321 km² | 1,0% |
| 16 | La Rioja (España) | 5.045 km² | 1,0% |
| 17 | Islas Baleares (España) | 4.992 km² | 1,0% |
| — | Ceuta y Melilla | 33 km² | 0,01% |
| TOTAL | 505.988 km² | 100% | |
Referencias
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|---|---|
Notas
| Autonomías de España |
| Comunidades Autónomas |
| Andalucía | Aragón | Principado de Asturias |Islas Baleares | Canarias | Cantabria | Castilla-La Mancha | Castilla y León | Cataluña | Extremadura | Galicia | Comunidad de Madrid | Región de Murcia | Comunidad Foral de Navarra | La Rioja | Comunidad Valenciana | País Vasco |
| Ciudades Autónomas |
| Ceuta | Melilla |
| Municipios de España | Provincias de España |
| Enciclopedia de España |
