La Enciclopedia Libre Universal en Español dispone de una lista de distribución pública, enciclo@listas.us.es
Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea
Artículo de la Enciclopedia Libre Universal en Español.
Probablemente la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea se la novedad más destacada del Tratado de Lisboa (2007). Sustituye a la vigente carta proclamada el 7 de diciembre del 2000. En su preámbulo afirma que: «la Unión está fundada sobre los valores indivisibles y universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y se basa en los principios de la democracia y el Estado de Derecho». La Carta crea la ciudadanía de la Unión y un espacio de libertad, seguridad y justicia en el que están garantizados y se pueden reclamar. Estos derecho pertenecen a las personas, por lo que no entran en conflicto con la diversidad cultural de los pueblos.
El título I trata sobre la dignidad, aunque no aclara específicamente en qué consiste eso, aunque en las explicaciones finales aclara que se apoya en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Artículo 1: «La dignidad humana es inviolable. Será respetada y protegida». Los siguientes artículos son más concretos: derecho a la vida, derecho a la integridad de la persona, prohibición de la tortura y de las penas o los tratos inhumanos o degradantes y prohibición de la esclavitud y del trabajo forzado.
El título II trata sobre las libertades, artículo 6: «Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad». También es un artículo ambiguo porque no especifica qué libertades y qué seguridad. Al igual que el anterior los siguientes artículos concretan: respeto de la vida privada y familiar, protección de datos de carácter personal, derecho a contraer matrimonio y derecho a fundar una familia, libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, libertad de expresión y de información, libertad de reunión y de asociación, libertad de las artes y de las ciencias, derecho a la educación, libertad profesional y derecho a trabajar, libertad de empresa, derecho a la propiedad, derecho de asilo y protección en caso de devolución, expulsión y extradición.
El título III trata de la igualdad. Al igual que los anteriores comienza con un artículo general: «Artículo 20: Todas las personas son iguales ante la ley», y luego se concreta: No discriminación; diversidad cultural, religiosa y lingüística; igualdad entre mujeres y hombres; derechos del niño; derechos de las personas mayores; e integración de las personas discapacitadas.
El título IV trata de la solidaridad. En este caso se abordan directamente en qué consiste esa solidaridad: Derecho a la información y consulta de los trabajadores en la empresa, derecho de negociación y de acción colectiva, derecho de acceso a los servicios de colocación, protección en caso de despido injustificado, condiciones de trabajo justas y equitativas, prohibición del trabajo infantil y protección de los jóvenes en el trabajo, vida familiar y vida profesional, seguridad social y ayuda social, protección de la salud, acceso a los servicios de interés económico general, protección del medio ambiente y protección de los consumidores. Como se ve se trata, en realidad de derechos laborales, económicos y de la salud, en una sociedad de mercado.
El título V establece la ciudadanía europea que consiste en: Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo, y elecciones municipales, derecho a una buena administración, derecho de acceso a los documentos, derecho de petición, libertad de circulación y de residencia, protección diplomática y consular, y establece la institución del defensor del pueblo europeo.
El título VI trata de la justicia, que consiste en: derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, presunción de inocencia y derechos de la defensa y derecho a no ser juzgado o condenado penalmente dos veces por la misma infracción. Además se establece el principio de legalidad y de proporcionalidad de los delitos y las penas
El título VII establece las «disposiciones generales que rigen la interpretación y la aplicación de la carta »: Ámbito de aplicación, alcance e interpretación de los derechos y principios, nivel de protección y prohibición del abuso de derecho.
La carta incluye una larga explicación de cada uno de los artículos, por lo que para interpretarlos es conveniente tener en cuenta tanto lo que dicen como el porqué están ahí.
[escribe] Referencias
Notas